Denuncias
 


Artículo 14º.- El Fiscal General deberá recibir toda denuncia formulada por particulares, entidades intermedias u organismos estatales en las que se acuse a un agente o funcionario de haber transgredido sus deberes.
Las denuncias deberán ser formuladas por escrito, con identificación del denunciante, describiendo los hechos en los que se basa y ofreciendo la prueba respaldatoria a sus dichos.
Recibida la denuncia, se formará e iniciará el pertinente sumario administrativo”.

 

 

 

 

 

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Fiscalía de Investigaciones Administrativas - Gobierno de La Pampa

Dirección: Luro y O'Higgins - Santa Rosa - La Pampa
Teléfono:
(02954) 41-9800 - Email: fiscalinvesadminis@lapampa.gov.ar

 
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