DIRECCIÓN DE DISCAPACIDAD

 

Familias Sustitutas Subsidiadas

UN HOGAR PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 

El hogar es el lugar donde encontramos las primeras manifestaciones de sentimientos, donde recibimos las primeras reglas de convivencia y donde aprendemos los primeros conocimientos para poder desarrollarnos en lo personal y socialmente. Todos tenemos derecho a este espacio cubierto por paredes y un techo, donde la calidez y la relación entre sus miembros darán lugar a la conformación de la familia. Pero que sucede cuando el grupo familiar no esta preparado para contener a sus miembros y esto repercute negativamente en el crecimiento y desarrollo de las personas?, o cuando se suceden situaciones de violencia, abusos y/o maltratos?.

Ante estas situaciones desde la Dirección de Discapacidad Provincial, se crea un programa denominado “Familias Sustitutas Subsidiadas”. A través del mismo se interviene en la familia, para lograr junto con sus miembros, la rehabilitación, contención psicoafectiva y posterior integración social de las personas afectadas.

Este programa esta orientado a brindar contención material y afectiva a personas con discapacidad (excepto, niños con discapacidad leve de quienes se privilegia su atención por parte de la Dirección General de Acción Social, Dirección de Niñez y Adolescencia, a favor de su integración), que carezcan de contención en su familia, debido a la dificultad de su problemática, a situaciones de maltrato o abandono que inhabiliten al grupo familiar, y/o cuando directamente el mismo no existiera.

La familia de Contención deberá brindar los estímulos y cuidados necesarios para el desarrollo, socialización, adquisición de hábitos de higiene personal, normas de urbanidad y escolarización de la personas a su cargo.

Pueden desempeñarse como familias de contención, matrimonios o parejas de hecho (entre 35 y 55 años de edad), con instrucción básica obligatoria como mínimo. Las mismas deberán presentar al momento de selección, certificado de buena conducta y de aptitud psicofísica.

 Cada familia puede tener a cargo dos personas con discapacidad, por las cuáles recibirá una suma mensual que será destinada a satisfacer las necesidades de las mismas.

La familia de contención debe ser propietaria de la vivienda y asegurar la infraestructura básica y el mobiliario adecuado para el albergue requerido, la cantidad de miembros convivientes no debe superar un máximo de seis (sumadas las personas con discapacidad). Asimismo, se requiere que al menos uno de los miembros de la familia de contención tenga un trabajo estable.

Las familias de contención deberán brindar un cuidado integral, que comprende el sostenimiento de la asistencia, tratamiento y rehabilitación requeridas por cada persona con discapacidad a su cargo, garantizar una alimentación adecuada, promover la higiene personal, proveer un clima afectivo y de seguridad, que favorezca una vida lo mas normalizada posible; demostrar capacidad para organizar y administrar el hogar, resolver problemas de la vida  cotidiana y aceptar el asesoramiento del equipo profesional a cargo del programa y solicitarlo cuando sea necesario.

Para requerir más datos comunicarse al teléfono 02954-453953 o dirigirse a la Dirección de Discapacidad, ubicada en la Av. Roca 851.

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