DIRECCIÓN DE DISCAPACIDAD
UN
HOGAR PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El
hogar es el lugar donde encontramos las primeras manifestaciones de
sentimientos, donde recibimos las primeras reglas de convivencia y donde
aprendemos los primeros conocimientos para poder desarrollarnos en lo personal y
socialmente. Todos tenemos derecho a este espacio cubierto por paredes y un
techo, donde la calidez y la relación entre sus miembros darán lugar a la
conformación de la familia. Pero que sucede cuando el grupo familiar no esta
preparado para contener a sus miembros y esto repercute negativamente en el
crecimiento y desarrollo de las personas?, o cuando se suceden situaciones de
violencia, abusos y/o maltratos?.
Ante
estas situaciones desde la Dirección de Discapacidad Provincial, se crea un
programa denominado “Familias Sustitutas Subsidiadas”. A través del mismo
se interviene en la familia, para lograr junto con sus miembros, la rehabilitación,
contención psicoafectiva y posterior integración social de las personas
afectadas.
Este
programa esta orientado a brindar contención material y afectiva a personas con
discapacidad (excepto, niños con discapacidad leve de quienes se privilegia su
atención por parte de la Dirección General de Acción Social, Dirección de Niñez
y Adolescencia, a favor de su integración), que carezcan de contención en su
familia, debido a la dificultad de su problemática, a situaciones de maltrato o
abandono que inhabiliten al grupo familiar, y/o cuando directamente el mismo no
existiera.
La familia de Contención deberá brindar los estímulos y cuidados necesarios para el desarrollo, socialización, adquisición de hábitos de higiene personal, normas de urbanidad y escolarización de la personas a su cargo.
Pueden
desempeñarse como familias de contención, matrimonios o parejas de hecho
(entre 35 y 55 años de edad), con instrucción básica obligatoria como mínimo.
Las mismas deberán presentar al momento de selección, certificado de buena
conducta y de aptitud psicofísica.
Cada
familia puede tener a cargo dos personas con discapacidad, por las cuáles
recibirá una suma mensual que será destinada a satisfacer las necesidades de
las mismas.
La
familia de contención debe ser propietaria de la vivienda y asegurar la
infraestructura básica y el mobiliario adecuado para el albergue requerido, la
cantidad de miembros convivientes no debe superar un máximo de seis (sumadas
las personas con discapacidad). Asimismo, se requiere que al menos uno de los
miembros de la familia de contención tenga un trabajo estable.
Las familias de contención deberán brindar un cuidado integral, que comprende el sostenimiento de la asistencia, tratamiento y rehabilitación requeridas por cada persona con discapacidad a su cargo, garantizar una alimentación adecuada, promover la higiene personal, proveer un clima afectivo y de seguridad, que favorezca una vida lo mas normalizada posible; demostrar capacidad para organizar y administrar el hogar, resolver problemas de la vida cotidiana y aceptar el asesoramiento del equipo profesional a cargo del programa y solicitarlo cuando sea necesario.
Para
requerir más datos comunicarse al teléfono 02954-453953 o dirigirse a la
Dirección de Discapacidad, ubicada en la Av. Roca 851.
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