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Instructivo

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Instructivo

Información y documentación a presentar:
  1. A los fines de obtener su inscripción y/o actualización las empresas deberán presentar los siguientes formularios debidamente cumplimentados de acuerdo a los instructivos adjuntos:
  2. Declaración Jurada Ley 17250
    Copia certificada del formulario 522/A emitido desde la página de internet de AFIP con el correspondiente Acuse de Recibo. (Vigente desde el 01/03/2007).
  3. Certificado de Libre Deuda expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios Libre (Ley Provincial Nº 2201 y su Decreto Reglamentario 219/06.
    Se solicita en la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas sita en Avenida San Martín Nº 237 -Santa Rosa-La Pampa.
  4. El Registro no recepcionará ninguna solicitud de inscripción o actualización que no reúna la totalidad de la documentación.
  5. La documentación presentada a este Registro reviste el carácter de Declaración Jurada.
  6. Los errores, omisiones o falsedades que se comprueben serán pasibles de sanciones, conforme a lo prescripto por el Decreto 2546/93 y modificaciones.
  7. Plazo de consideración de antecedentes
    Artículo 13° (Dec. 2546/93).- El Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas no expedirá Certificados de Capacidad antes de transcurridos veinte (20) días hábiles administrativos como mínimo contados a partir de la fecha de presentación de la documentación exigida en forma completa para iniciar el trámite de inscripción o actualización, según corresponda.
  8. Pedidos de Certificados de Capacidad
    Artículo 14° (Dec. 2546/93).- Las Empresas inscriptas deberán solicitar el Certificado de Capacidad habilitante hasta un mínimo de cinco (5) días hábiles anteriores al acto de apertura de la Licitación.
    Los plazos indicados corresponden a días hábiles administrativos.
    Las solicitudes deberán presentarse en el domicilio del Registro en los formularios tipo, acompañadas de las planillas de obras comprometidas actualizadas a la fecha (formularios Nº 12 y 13).
  9. Vigencia de la Inscripción Artículo 15°.- La duración de la Clasificación que otorga el Registro permanente de Licitadores de Obras Públicas se establece en un (1) año y seis (6) meses a contar de la fecha de cierre del Estado Patrimonial del último ejercicio. Las Empresas inscriptas, para que su clasificación tenga continuidad, deberán hacer su presentación antes de vencer la misma. En dicho caso su clasificación actual tendrá vigencia hasta tanto se expida el Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas. Pasado este plazo si la Empresa no hubiere presentado en tiempo y forma la documentación necesaria para la actualización quedará automáticamente suspendida del Registro no pudiendo concurrir a nuevas licitaciones hasta tanto no actualice su clasificación. Transcurridos dos (2) años de la fecha de vencimiento de su última clasificación caducará la inscripción y deberá presentar la documentación requerida para su nueva inscripción.
  10. Las empresas inscriptas, deberán comunicar cualquier modificación que se produzca en el orden de las declaraciones juradas formuladas al Registro con anterioridad, tales como:
    • Toda baja de bienes que determinen un cambio sustancial del Patrimonio o que afecte al equipo mínimo requerido.
    • Todo cambio de Directores, Socios o personas que tengan uso de la firma social.
    • Cambios de Representantes Técnicos.
  11. Situación del Sistema Financiero que administra el Banco Central de la República Argentina (www.bcra.gov.ar) en consultas por CUIT y deberá ser suscrita por el Representante Legal de la empresa.
  12. Para ACTUALIZACIÓN, indicar que documentación no se acompaña por ser válida la presentada anteriormente.
  13. ANTES DE COMENZAR A LLENAR LOS FORMULARIOS, LEA DETENIDAMENTE LAS INSTRUCCIONES RESPECTIVAS A CADA UNO DE ELLOS Y EN CASO DE DUDA RECURRA AL REGISTRO PERMANENTE DE LICITADORES DONDE SE LE ASESORARÁ CONVENIENTEMENTE.
Formulario Nº 1: Solicitud de Inscripción o Actualización.

Podrá inscribirse en una o varias de las especialidades determinadas, siempre que sea propietario del equipo mínimo exigido en cada caso, de acuerdo a lo dispuesto por las Normas Internas del Registro.

Equipo Mínimo por Especialidad.

  1. Arquitectura y Arquitectura Repetitiva: Hormigonera de 180 litros, Maderas para encofrado, Andamios, Mesa sierra, Vibrador, Herramientas menores, Vehículo utilitario
  2. Ingeniería Eléctrica: Hormigonera de 180 litros, Guinche móvil de 3 toneladas, Carro portabobina, Aparejo de cables, Dinamómetro, Instrumental de mediación eléctrica, Equipo para empalme de cables, Vehículo utilitario.
  3. Ingeniería Industrial: Hormigonera de 180 litros, Retroexcavadora, Aparejo de carga, Equipo de soldar rotativo, Compresor de 5 HP, Bomba de achique, Bomba de presión, Vehículo utilitario.
  4. Saneamiento: Hormigonera de 180 litros, Retroexcavadora, Motocompresor con martillo neumático, Vibro compactador, Bomba de achique, Bomba de presión, Acoplado tanque de 3000 litros, Vehículo utilitario.
  5. Pavimentos Rígidos: Hormigonera de 350 litros, Regla vibradora, Moldes, Más equipos para Obras Básicas.
  6. Pavimentos Flexibles: Regador de asfalto, Distribuidos de piedra, Más equipos para Obras Básicas
  7. Hidráulica: Excavadora, Retroexcavadora, Vibro compactador, Moto compresor con martillo neumático, Más equipos para Obras Básicas, Más equipos para obras de Arte Mayor.
  8. Apertura y Conservación de Picadas y Caminos: Tractor, Pala de arrastre, Motoniveladora, Arado desrraizador, Tanque regador de agua capacidad 4000 litros, Vehículo utilitario.
  9. Obras Básicas: Tractor, Pala de arrastre, Pala cargadora, Motoniveladora, Rodillos compactadores, Tanque regador de agua capacidad 4000 litros, Vehículo utilitario.
  10. Obras de Arte Mayor: Planta dosificadora de hormigón, Camión motohormigonero, Guinche elevador de hormigón, Hormigonera de 250 litros, Bomba de achique, Vehículo utilitario.
  11. Obras Complementarias: Herramientas afines a la especialidad.
    El domicilio especial deberá ser constituído dentro del territorio de la provincia, y será el que el Registro tendrá en cuenta para las comunicaciones y notificaciones, debiendo la empresa dar cuenta, oportunamente y en forma, de todo cambio del mismo.
Formulario Nº 2: Datos Sociales y Fiscales de la Empresa.

Además de llenar los datos requeridos en el formulario, se deberán adjuntar copias autenticadas por Escribano Público de:

  1. Inscripción en el Registro Público de Comercio (Cuando corresponda). Certificado de vigencia emitido por el mismo Organismo actualizado a la fecha del tramite que se realice.
  2. Constancia de inscripciones de lo declarado en (Pto.7)
  3. Inscripción en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción - IERIC (vigente) y pago anual.(Pto.8)
  4. Contrato Social: Debe acreditar copia certificada del Contrato Social firmada por el representante legal. En los supuestos de renuncia o remoción de autoridades deberá acompañarse documentación que acredite tal circunstancia. Es necesario acreditar publicación en Boletín Oficial, designación del Directorio y distribución de cargos, renuncia o remoción indicando fecha de las actas y la conformación del nuevo Directorio.- art. 60 Ley 19550, establece: toda designación o cesación de administradores debe ser inscripta en los registros correspondientes e incorporada al respectivo legajo de la sociedad. También debe publicarse cuando se tratare de sociedad de responsabilidad limitada o sociedades por acciones.-
  5. Acta de distribución de cargos.
  6. Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por D.G.R.(Dirección General de Rentas de la Provincia) Decreto N° 502/99.
  7. Certificado Fiscal para Contratar R.G. 1814/05 (AFIP) y modificaciones. Últimas tres Declaraciones Juradas de IVA y Seguridad Social con sus comprobantes de pago. Ultima Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias y de Ganancia Mínima Presunta.
  8. Poder o Acta de designación del Representante Legal.

En caso de que el Escribano Público actuante no sea de la Provincia de La Pampa, su firma deberá ser legalizada por el Colegio de Escribanos respectivo.

Formulario Nº 3: Referencias.

Se deberá indicar con exactitud nombre y domicilio (calle, nº, Código Postal y Localidad) de los informantes adjuntando nota de las empresas detalladas como referencias y consignar la totalidad de los Registros de Constructores en los cuales la empresa se hubiere inscripto, aunque no mantuviera en la actualidad dicha inscripción.
Adjuntar Constancia de Capacidad otorgada por los Registro en los que se mantenga inscripción.

Formulario Nº 4: Antiguedad de la Empresa Como Constructora.

Deberá indicarse el monto anual de obra ejecutada (certificada), en los últimos 10 años de actividad.
En caso de que la empresa fuese continuadora o resultara de la fusión o transformación de otras, deberá acompañarse constancia que así lo pruebe. Queda a cargo de este Registro determinar la incidencia del vínculo.

Formulario Nº 5: Declaración de Cargos Públicos de Integrantes y/o Directorio de la Empresa y Representantes Técnicos.

En el caso de que algún integrante de la Sociedad, miembro del Directorio y/o Representante Técnico ocupare un cargo en la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal se procederá a dejarlo debidamente indicado en este formulario, detallándose con claridad la repartición correspondiente y el cargo desempeñado. De no darse esta situación con ninguna de las personas mencionadas, deberá indicar NO SE OCUPAN CARGOS PÚBLICOS debiendo firmar el responsable designado por la empresa para efectuar la presentación ante el REGISTRO PERMANENTE DE LICITADORES.

Formulario Nº 6: Balance General

La trascripción a este formulario deberá responder con exactitud a lo expuesto en el Estado Contable. De no encontrarse en el Balance o Anexos discriminada la cuenta Depósitos y Certificados de Obras, deberá acompañarse informe profesional que indique su composición en cuanto al concepto y monto.
Documentación a adjuntar:

  1. Para quienes confeccionen libros en legal forma, presentación de Estados Contables, con Informe de Auditoría emitido por Contador Público Nacional, legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo.
    Acta aprobatoria de documentación contable, memoria y distribución de utilidades.
  2. Para el resto de las empresas, presentación de Manifestación de Bienes con certificación de Contador Público legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo de acuerdo al modelo sugerido por este Registro.

MODELO (* Archivo PDF)

Deberá existir coincidencia entre lo declarado en los Formularios 7a, 7b, 8a y 8b y la información del Formulario 6c.
Presentación del acta aprobatoria de socios, cuando corresponda.

Formulario Nº 7: Equipos de Propiedad de la Empresa

Los equipos de propiedad de la empresa se agruparán según estén afectados a la actividad como empresa constructora (Form.7a) o equipos no afectados a tal actividad (Form. 7b).
Para empresas que confeccionen libros contables en legal forma, ambos formularios deberán contar con certificación de Contador Público Nacional, donde se acredite la existencia y propiedad de los bienes declarados, asimismo una descripción de las bases consideradas para consignar los valores de realización.
Deberán declararse fechas de adquisición y valores de origen. Las empresas completarán la columna correspondiente a valores contables, que deberán coincidir con el Anexo de Bienes de Uso del Balance General presentado.
Se tendrá en cuenta que la sumatoria de los valores de origen y contable de los bienes declarados en los formularios 7a, 7b, 8a y 8b coincidan con las cifras consignadas en el rubro Bienes de Uso y Anexos del Balance General presentado.
Para el caso de necesitar acreditar la propiedad de bienes incorporados con posterioridad al cierre del ejercicio y que hagan al equipo mínimo necesario para ser habilitada en una determinada especialidad, se presentará certificación de Contador Público legalizada por el Consejo Profesional, donde constará el libro y folio donde han sido contabilizados, indicando características del bien y valor de libros. No se tendrá en cuenta la incidencia de la variación patrimonial que el mismo acarrea (valor de realización).
Para empresas que no confeccionan libros en legal forma, deberá existir coincidencia entre los valores expresados en los Formularios 7a, 7b, 8a, y 8b y los de las correspondientes partidas consignadas en la Información Patrimonial (Form. 6c).
A los efectos de una mejor evaluación de los equipos declarados se deberán cumplimentar la TOTALIDAD DE LOS DATOS SOLICITADOS.

Formulario Nº 8: Bienes Raíces de Propiedad de la Empresa.

Los Bienes Raíces, al igual que el Form. Nº7, se agruparán según estén o no afectados a la actividad como empresa constructora (Form. 8a y 8b respectivamente). En ambos casos los valores originales coincidirán con los enunciados en el Balance General. En cuanto a la columna de Valor Contable, se seguirá el mismo criterio que lo expresado para el Form. 7. Del mismo modo, tanto el formulario 8a como el 8b deberán ser certificados por Contador Público Nacional, pudiendo requerirse informe de perito Tasador legalizado. Se deberán COMPLETAR TODOS LOS DATOS REQUERIDOS.
Para empresas que no confeccionen libros en legal forma, caben las mismas aclaraciones que para el formulario 7a y b.

Formulario Nº 9: Modelo de Contrato de la Empresa con el Representante Técnico.

Deberá presentar un contrato por cada Representante Técnico.
Adjuntar constancia de inscripción del profesional Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de La Pampa y constancia de pago de matrícula anual.
El término de la vigencia del contrato no podrá ser inferior al plazo de duración de la habilitación otorgada por el Registro, y la empresa no podrá permanecer sin Representante Técnico, según se detalla en la Reglamentación de la Ley General de Obras Públicas.

Formulario Nº 10: Planilla para Determinar la Capacidad Ténica

Deberán indicarse por cada grupo de especialidades solicitado, las cuatro (4) obras de mayor monto contractual terminadas dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de la documentación.
Deberán declararse montos originales de contratos y adjuntarse fotocopias certificadas de los mismos y de las actas de recepción provisorias o definitivas; igual criterio regirá cuando se trate de alteraciones (adicionales) de obras declaradas.
Los Montos de los contratos originales se reajustaran mediante la aplicación del Índice de Costo de la Construcción Nivel General elaborado por el INDEC. Se calcularán a la fecha de cierre de Balance.
No se podrán declarar las obras realizadas por Dirección Técnica, Administración y Provisión.
En el caso de que se trate de obras en consorcio deberán indicarse los montos de obra y porcentajes correspondientes a la participación.
Documentación que debe adjuntarse en caso en que se declaren:

  1. Obras Privadas: Para la acreditación de la realización de obras privadas, se deberá presentar las respectivas facturas emitidas conforme a las normas de la Dirección General Impositiva. En caso de obras publicas, esta documentación podrá ser remplazada por los certificados de obras expedidos por la Administración.
  2. Obras Propias: Para la acreditación de la realización de obras propias se deberá presentar un informe de Contador Público debidamente intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, en el que conste el costo de las mismas de acuerdo a los comprobantes y registros en libros rubricados de la firma en su caso.
Formulario Nº 11: Antecedentes de Producción.

Este formulario es un juego de dos planillas: 11a y 11b.
En el formulario 11a deberán indicarse las obras ejecutadas en los doce (12) meses corridos de mayor producción, dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de la documentación.
Determinado el período, no deberá omitirse ninguna obra ejecutada durante el mismo, ya sea Pública, Privada, Propia o Subcontratada.
Indicar Nº de las obras, detalle, etc.
En el formulario 11b se detallarán los montos correspondientes a cada una de las obras enunciadas en el 11a, en cada mes del período considerado, debiendo registrarse el monto total de certificación mensual.
Tanto en el formulario 11a, como en el 11b deberán clasificarse las obras según las especialidades.
No deberán declararse las obras realizadas por Dirección Técnica, Administración y Provisión.
En la columna "Ejecutado" deberá indicarse lo certificado hasta el inicio del período declarado como de mayor producción.
En la columna "A Ejecutar" se consignará la diferencia entre las dos primeras.
Deberán adjuntarse fotocopias de los certificados de obra correspondientes a los meses del período declarado como de mayor producción.
En caso de obras privadas se deberá presentar las respectivas facturas correspondientes a cada mes declarado emitidas conforme a DGI.
Para la acreditación de Obras Propias se deberá presentar un informe de Contador Público debidamente intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, en el que consté el costo de las mismas de acuerdo a los comprobantes y registros en libros rubricados de la empresa.
Los Montos de los contratos originales se reajustaran mediante la aplicación del Índice de Costo de la Construcción Nivel General elaborado por el INDEC. Se calcularán a la fecha de cierre de Balance.

Formulario Nº 12: Declaración Jurada de Obras en Ejecución, Contratadas y Adjudicadas.

En este formulario deberán declararse las obras según el ordenamiento de especialidades de acuerdo al formulario Nº 1.
Deberán declararse la totalidad de las obras en ejecución Públicas y Privadas, Contratadas y Adjudicadas (con notificación fehaciente) y las Obras por Cuenta Propia en función del monto y plan de trabajo fijado por la empresa.
La omisión de alguna obra en ejecución determinará la aplicación de sanciones.

Formulario Nº 13: Pedido de Certificado para Licitación.

Deberá ser solicitado cada vez que la empresa se presente a Licitaciones Públicas de Organismos Provinciales, debiendo ser presentado junto con el formulario Nº 12.

Tasas Retributivas de Servicios (según Ley Nº 2314 - Impositiva 2007)

Art.25: Inscripción o Reinscripción: $80 (ochenta)
Por Contrato con Representante Técnico: $ 80 (ochenta)
Por Actualización de Inscripción: $ 50 (cincuenta)
Por cada Certificado de Capacidad Extendido: $ 10 (diez)

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